Miguel Ángel Domínguez: “No se dejen engañar por esos malintencionados elementos”

Miguel Ángel Domínguez, candidato a la presidencia de la Federación Insular de Automovilismo de Las Palmas, sale al paso de unas acusaciones vertidas en un blog que está administrado por personajes cobardes que se escudan en el anonimato para publicar mentira tras mentira. Si en alguna ocasión dicen alguna verdad, quedará en duda por su errático y mezquino proceder de no dar nunca la cara, algo que sólo hacen los mediocres que buscan hacer daño a toda costa teniendo sus espaldas bien resguardadas. Si alguno de ellos aspira a presidir algún órgano de poder en el automovilismo canario, que Dios nos coja confesados.

“De nuevo, algunos malintencionados quieren confundir a la gente, publicando falsedades, en esta ocasión están diciendo que Miguel Ángel Domínguez Hernández está inhabilitado para ser presidente de la FALP por varias razones, entre ellas ser el administrador del circuito y por ser presidente de la Escudería Maspalomas, lo que dice de la empresa es literalmente es mentira” explica Miguel Ángel.

Según el candidato “lo que dice la orden del 4 de octubre de 2001 por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas canarias dice en el artículo 15 que de la toma de posesión de los Presidentes electos, el Presidente electo tomará posesión de su cargo ante el Presidente de la Junta Electoral en un plazo máximo de tres días naturales siguientes a su proclamación definitiva, remitiéndose la oportuna certificación de dicho acto y en el plazo de cinco días al Registro de Entidades Deportivas de Canarias de la Dirección General de Deportes”.

Recalcó que esta misma orden especifica que “el Presidente electo deberá renunciar, previamente a su toma de posesión, a ejercer cargo en asociación o club deportivo sujetos a la disciplina de la Federación, así como a ejercer en activo y sujeto a la disciplina de la Federación Deportiva Canaria, al igual que el vicepresidente o vicepresidentes que designe, como deportista, técnico-entrenador o juez-árbitro, salvo en los supuestos previstos en esta Orden (1)”.

Por lo tanto, “ningún presidente de club tiene que dimitir antes de presentarse a las elecciones. No se dejen engañar por esos malintencionados elementos que solo les mueve la envidia y que hacen de la mentira su herramienta de trabajo”.

Esta entrada fue modificada por última vez en 14/11/2018 9:52 pm

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