En base a la normativa refleiada en el artículo 49 de la Ley del Deporte 39/2022 y el Anexo 10 de las Prescripciones Comunes para los Campeonatos, Copas y Trofeos de España, será necesario estar en posesión de una licencia expedida o habilitada por la Real Federación Española de Automovilismo para poder participar, actuar o intervenir (deportistas, oficiales y concursantes) en cualquier competición incluida en el calendario aprobado por la RFEDA.
El alcance de la normativa, tras la excepción expresamente adoptada la pasada temporada en el primer año de aplicación de la Ley del Deporte, se extiende, asimismo, a cualquier segunda competición que coincida, en tiempo y lugar, con la celebración de la prueba incluida en el calendario estatal o internacional.
Por lo tanto, para poder admitir la participación de titulares de licencias expedidas por otras ADN, esto es, licencias de otros países, EN CUALQUIER COMPETICIÓN OFICIAL, será requisito indispensable que dicha competición esté inscrita en el calendario de la Real Federación Española de Automovilismo.
LICENCIAS VÁLIDAS PARA COMPETICIONES INCLUIDAS EN EL CALENDARIO DE LA RFEDA
Esta entrada fue modificada por última vez en 05/02/2024 2:45 pm
El piloto español disputará este próximo fin de semana la segunda cita puntuable para el…
La segunda cita de la temporada 2026 de las competiciones del Supercars Endurance se disputará…
El piloto de origen alemán, David Himmelsbach, se pondrá a los mandos de uno de…
-Alberto Dorsch y su copiloto Marcos Martínez se imponen en la Baja Lorca – Ciudad…
BYD se marca tres objetivos para la era de la conducción inteligente: alcanzar las cero…
Conduce una ilusión, construye un hogar en VEM 2026: Ford participará en la feria de…