La impotencia de José Armendáriz: «Han transcurrido casi dos años y sigo sin disponer de una resolución escrita y motivada que dé respuesta a la reclamación»
Publicamos el comunicado enviado por el pilotoJosé Armendáriz Rodríguez relativo a una reclamación presentada hace casi dos años a la Federación Insular de Automovilismo de La Palma (FIALP) y que aún sigue sin respuesta.
@José Armendáriz Rodríguez Lorenzo.
Una reclamación presentada en 2024 ante la FIALP continúa sin una resolución escrita
La reclamación plantea cuestiones sobre la aplicación de las normas de publicidad, la puntuación y la igualdad de condiciones en el Campeonato de Promoción de La Palma 2024
José Armendáriz Rodríguez Lorenzo, reclamante, solicitó públicamente a la Federación Insular de Automovilismo de La Palma que se pronuncie sobre una reclamación presentada en 2024 y dé una respuesta formal y motivada sobre las cuestiones planteadas.
En 2024 presenté ante la Federación Insular de Automovilismo de La Palma (FIALP) una reclamación relacionada con el Campeonato de Promoción de La Palma, acompañada de la documentación y las pruebas que consideré necesarias para acreditar los hechos expuestos.
Han transcurrido casi dos años y, a día de hoy, sigo sin disponer de una resolución escrita y motivada que dé respuesta a las cuestiones planteadas en aquella reclamación.
Por este motivo, y después de haber esperado durante todo este tiempo una respuesta por las vías correspondientes, considero necesario hacer pública mi situación y solicitar a la Federación una explicación.
Esta reclamación no se basa únicamente en una opinión personal. Las propias normas que regulaban el campeonato establecían determinadas obligaciones para los participantes. En el Anuario de la FIALP 2024, en su artículo 11, relativo a la publicidad del campeonato, se establece que, para puntuar en el campeonato, los vehículos debían llevar obligatoriamente determinados elementos publicitarios de la Federación y que, en el Campeonato de Promoción, debían reservarse además determinados espacios del vehículo.
El mismo artículo establece expresamente que la FIALP se reserva el derecho de vincular publicidad al campeonato y que esta “tendrá que ser portada por todos los participantes”. Asimismo, establece que la no aceptación de dicha publicidad sería penalizada con la pérdida de puntos en el campeonato. Por tanto, la cuestión que planteé no era simplemente si un determinado vehículo llevaba o no llevaba una pegatina. La cuestión era determinar si esta obligación se estaba aplicando de manera uniforme a todos los participantes y, en caso de existir diferencias, qué consecuencias reglamentarias correspondían.
La reclamación fue acompañada de documentación y material fotográfico. En las fotografías aportadas correspondientes a diferentes participantes y diferentes pruebas se puede observar la presencia de la publicidad vinculada al campeonato en los vehículos. Además, se incorporó otro anexo específicamente destinado a recoger fotografías correspondientes a distintas pruebas disputadas durante el campeonato, entre ellas:
* Rallysprint Cielo de La Palma.
* Subida Puntallana.
* Rallye Senderos de La Palma.
* Subida Barlovento.
* Rallye Isla Bonita.
Estas fotografías corresponden al vehículo del piloto que posteriormente puntuó y fue proclamado vencedor del Campeonato de Promoción. En las imágenes aportadas no se aprecia la misma publicidad del campeonato que aparece en las fotografías correspondientes a otros participantes. Presento la reclamación con dichas imágenes para que la Federación comprobara los hechos, aplicara la normativa correspondiente y determinara si existió o no un incumplimiento y, en su caso, cuáles eran sus consecuencias. No tengo nada personal contra el piloto que resultó vencedor, ni contra ningún otro participante, copiloto, equipo o escudería. No pretendo desmerecer los resultados deportivos de nadie ni convertir esta situación en un enfrentamiento personal.
Lo que considero necesario es que, si las normas establecen unas determinadas obligaciones para todos los participantes, se explique cómo fueron aplicadas en la práctica y si se aplicaron de la misma manera a todos. Porque, si una obligación es obligatoria para todos, todos deberíamos competir bajo las mismas condiciones.
Existe además una cuestión que considero especialmente importante. Las Prescripciones Particulares de los Campeonatos de Canarias de la FCA 2024 (PPCC-FCA 2024) establecen en su artículo 4.14, relativo a las reclamaciones, que las reclamaciones a las clasificaciones de los distintos campeonatos debían presentarse por escrito ante la Federación correspondiente dentro del plazo establecido y acompañadas de una caución de 200 euros. La misma norma establece que la Federación correspondiente actuará a través de su Junta de Gobierno y emitirá su resolución, contra la que posteriormente se podía recurrir ante el Comité o Juez Único de Apelación de la FCA dentro del plazo previsto. Eso también considero que debe aclararse en mi caso. No estoy reclamando que la Federación tenga necesariamente que estimar mi reclamación.Estoy reclamando que una reclamación presentada formalmente y conforme al procedimiento establecido debe recibir la correspondiente respuesta y resolución.
Para presentar la reclamación se abonaron los 200 euros de caución establecidos por la normativa. Durante el proceso mantuve una reunión con el presidente y el secretario de la federación, y se me indicó que la cuestión sería consultada con el abogado de la federación. Después de la citada reunión, la FIALP procedió a ingresar en mi cuenta bancaria los 200 euros correspondientes a la tasa de la fianza (enero 2025) Conforme al ordenamiento legal federativo (Artículo 4.14 de las Prescripciones Comunes de la FCA y el Código Deportivo Internacional), la devolución de una fianza solo se ejecuta cuando una reclamación es estimada (fundada). Sin embargo, pese al tiempo transcurrido, no he recibido una resolución escrita que responda de forma concreta a las cuestiones planteadas. Y esa es precisamente la razón por la que ahora decido hacer público el caso.
La cuestión de la publicidad era una de las circunstancias planteadas, pero no la única. También se plantearon cuestiones relacionadas con la puntuación del campeonato y con la aplicación del coeficiente correspondiente a la Subida a Barlovento, solicitando que se comprobara si los criterios utilizados eran los establecidos por la normativa aplicable. Por tanto, la reclamación pretendía que se revisaran determinados aspectos que podían afectar directamente a la clasificación final. Se trataba de pedir que se comprobara si las normas se habían aplicado correctamente.
Después del tiempo transcurrido, considero legítimo solicitar públicamente a la FIALP que dé una respuesta formal a las cuestiones planteadas.
En concreto, solicito que se aclare:
1. Si la obligación relativa a la publicidad establecida en el artículo 11 del Anuario FIALP 2024 fue exigida de la misma manera a todos los participantes del Campeonato de Promoción.
2. Si la publicidad vinculada al campeonato debía ser portada por todos los participantes, tal y como establece expresamente la normativa, y cómo se controló su cumplimiento.
3. En caso de que existieran participantes que no portaran dicha publicidad, si existió alguna autorización o circunstancia reglamentaria que lo justificara.
4. Qué consecuencias reglamentarias correspondían en caso de incumplimiento de dicha obligación, teniendo en cuenta que la propia normativa contempla la pérdida de puntos del campeonato.
5.Qué resolución adoptó la Junta de Gobierno de la Federación respecto de la reclamación presentada.
6. Por qué, habiéndose presentado la reclamación por el procedimiento establecido y habiéndose aportado la documentación correspondiente, no se ha trasladado una resolución escrita y motivada sobre las cuestiones planteadas.
Si después de estudiar la documentación y aplicar la normativa la Federación considera que no existe ninguna infracción o que las actuaciones realizadas fueron correctas, estoy en mi derecho de conocer esa conclusión y sus motivos.
El motivo por el que he decidido hacer pública esta situación no es personal. No tengo nada contra nadie. No quiero perjudicar a ningún piloto ni cuestionar los méritos deportivos de quien consiguió el campeonato. Lo único que quiero es igualdad de condiciones a la hora de competir.
Cuando varios deportistas participan en un mismo campeonato, todos deberían saber cuáles son las reglas y tener la seguridad de que esas reglas se aplican de la misma manera a todos. Eso es pedir transparencia y claridad en una competición deportiva.
Mi petición es sencilla:
Que la FIALP se pronuncie, que explique qué ocurrió, que explique cómo se aplicaron las normas, que explique qué resolución se adoptó respecto de mi reclamación.
Busco una respuesta y, sobre todo, que todos los participantes puedan competir en igualdad de condiciones. Porque en una competición deportiva las reglas deben ser las mismas para todos y todos debemos jugarcon las mismas cartas.
José Armendáriz Rodríguez Lorenzo
Participante y reclamante
Campeonato de Promoción de La Palma 2024
#motor #canarias #reclamacion #sport




